viernes, 2 de octubre de 2015

Contratacion de Auditoría Externa

Las compañías obligadas a contratar auditores externos, se encuentran en la obligación de informar a la Superintendencia de Compañías, Valore y Seguros, en el plazo de 30 días contados desde la fecha de contratación, mediante la página web en "Portal de trámites" la información concerniente al auditor externo como son el RUC, nombre o Razón social.

Pero quienes están obligados a contratar auditarías externas?

1. Compañías nacionales anónima, en comandita por acciones y de responsabilidad limitada cuyos activos sean mayores a 1 millón de dolares.
2. Compañías nacionales de economía mixta y anónimas con participación de personas jurídicas, de derecho público o privado, con finalidad social o pública, así como sucursales de compañías u otras empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas establecidas en el Ecuador y las asociaciones que éstas formen entre sí o con otras compañías nacionales cuyos activos superen los 100 mil dólares.

Se debe tener en cuenta que la contratación de la auditoría externa se lo debe realizar 90 días antes del cierre del año fiscal, por lo que la contratación debe realizarse este mes de octubre de la manera mas rápida posible.

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